Oposiciones paso a paso: de la solicitud a la toma de posesión
Presentar la solicitud es solo el principio. Después vienen una lista provisional con su propio plazo, el tribunal, los exámenes, las notas y, si apruebas, la documentación y el nombramiento. Esto es lo que pasa en cada paso y qué tienes que vigilar.
1. La convocatoria y las bases
Cada año las administraciones aprueban su oferta de empleo público y, a partir de ahí, convocan las plazas. El plazo para presentarse empieza a contar cuando la convocatoria se publica en el BOE. En los ayuntamientos, el BOE solo publica un extracto: las bases completas están en el boletín de la provincia o de la comunidad, y en cada ficha tienes el enlace directo a ese número del boletín.
Antes de nada, comprueba que cumples los requisitos y que tienes el título del grupo: está explicado en los requisitos para presentarse.
2. La solicitud y la tasa
Se presenta donde digan las bases, casi siempre por internet: en el Estado, en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General; en los ayuntamientos, en su sede electrónica. Con la solicitud va el pago de la tasa o el documento de la exención. Guarda siempre el justificante de registro. Los detalles, en cómo se presenta la solicitud, y el último día de cada plazo, calculado, en cada ficha.
3. La lista provisional y el plazo para subsanar
Cuando acaba el plazo, quien convoca publica la lista provisional de admitidos y excluidos. Ese día empieza el plazo que más se escapa: el de subsanar. En casi todas las listas del Estado y de las universidades es de diez días hábiles desde el día siguiente a su publicación.
Busca tu nombre aunque creas que todo estaba bien. Si te han excluido por un papel que faltaba, una tasa mal pagada o un error al rellenar, es ahora cuando se arregla. Pasado ese plazo, la exclusión es definitiva. Cuando el BOE publica una lista provisional, la ficha de su convocatoria calcula ese plazo y te deja añadirlo al calendario.
4. La lista definitiva, el tribunal y el examen
Después llega la lista definitiva, que suele traer la fecha, la hora y el lugar del primer ejercicio. También se publica quién forma el tribunal. Entre la convocatoria y el primer examen suelen pasar varios meses; las fechas las anuncia el convocante en el boletín o en su sede electrónica, y cuando salen en el BOE las ves en la ficha, en «En qué punto está».
5. Las notas, los méritos y la bolsa
Tras cada ejercicio, el tribunal publica las notas y abre un plazo para revisarlas o alegar. En un concurso-oposición, a quien aprueba los exámenes se le suman los méritos según el baremo. Al final, el tribunal propone a tantas personas como plazas hay, por orden de nota.
Aprobar sin plaza no da derecho a nada, pero no es tiempo perdido: muchas convocatorias forman con esas notas una bolsa de empleo para cubrir interinidades y sustituciones.
6. Si apruebas
- Presenta la documentación. Con la lista de aprobados se abre un plazo para acreditar los requisitos: el título, el DNI, la declaración de no estar inhabilitado y, según el puesto, el certificado médico o el de delitos sexuales. En las bases del Estado de 2026, lo más habitual son veinte días hábiles. Si no lo presentas a tiempo, pierdes la plaza.
- Prácticas o curso, si los hay. En muchos cuerpos se entra primero como funcionario en prácticas, con un curso o un periodo de prácticas que también hay que superar.
- El nombramiento y el destino. Se publica en el boletín oficial. Según el cuerpo, se eligen destinos por orden de nota.
- La toma de posesión. Es el día en que empiezas a ser funcionario, con promesa o juramento de acatar la Constitución, dentro del plazo que fija el nombramiento. Si no tomas posesión a tiempo, pierdes la plaza.
- La primera nómina. Cuánto se cobra está en la calculadora del sueldo, y cómo suben los trienios y las pagas extra, en sus páginas.
Glosario: las palabras de las bases
- Oferta de empleo público (OEP)
- La lista de plazas que una administración aprueba cada año. No abre ningún plazo: las plazas se convocan después, y hay hasta tres años para hacerlo.
- Convocatoria
- El anuncio que abre el proceso para unas plazas concretas. En los ayuntamientos, el BOE publica solo un extracto; las bases completas salen en el boletín de la provincia o de la comunidad.
- Bases
- Las reglas de la convocatoria: requisitos, temario, pruebas, méritos, tasa, plazos y cómo se presenta la solicitud. Lo que digan las bases manda sobre cualquier resumen, también el nuestro.
- Plaza y puesto de trabajo
- La plaza es el hueco en la plantilla al que se entra por oposición. El puesto de trabajo es el destino concreto. Un «concurso para proveer puestos de trabajo» es para quien ya es funcionario, no para entrar.
- Turno libre
- Las plazas abiertas a cualquiera que cumpla los requisitos.
- Promoción interna
- Plazas solo para funcionarios del propio convocante que quieren subir de grupo o de categoría.
- Movilidad
- Plazas para quien ya tiene una plaza igual en otra administración. En policía local es muy frecuente.
- Cupo de reserva por discapacidad
- Al menos el 7 % de las plazas de la oferta de empleo público se reserva para personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, con un mínimo del 2 % para discapacidad intelectual (artículo 59 del Estatuto Básico). Se puede pedir adaptación de tiempo y medios para el examen.
- Oposición
- Solo exámenes: la plaza es para quien saca mejor nota.
- Concurso-oposición
- Exámenes y, además, se puntúan los méritos (experiencia, títulos, cursos). Lo normal es que los méritos solo cuenten si se aprueba la parte de exámenes.
- Concurso
- Solo méritos, sin exámenes. Se usa poco para entrar y mucho para cambiar de destino.
- Estabilización
- Procesos extraordinarios para hacer fijo al personal interino de larga duración (Ley 20/2021). Casi han terminado: en 2025 el BOE publicó muy pocos.
- Tasa de derechos de examen
- Lo que se paga por presentarse. En el Estado se paga con el modelo 790; en los ayuntamientos, como diga su ordenanza. Hay exenciones y rebajas (paro, discapacidad, familia numerosa) que fijan las bases.
- Lista provisional de admitidos y excluidos
- La primera lista tras cerrar el plazo, con el motivo de cada exclusión. Abre el plazo para subsanar.
- Subsanación
- Corregir un error o una falta de la solicitud dentro del plazo que da la lista provisional, casi siempre diez días hábiles. Si no se subsana, la exclusión se vuelve definitiva.
- Lista definitiva
- La lista de admitidos que ya no cambia. Suele traer la fecha, la hora y el lugar del primer examen.
- Tribunal
- El órgano que examina y puntúa. Sus miembros se publican para que se pueda pedir su abstención o recusarlos si hay motivo.
- Baremo
- La tabla de puntos de los méritos en un concurso-oposición: cuánto vale cada año de experiencia, cada título, cada curso.
- Días hábiles y naturales
- En días hábiles no cuentan sábados, domingos ni festivos; en naturales cuentan todos. Los plazos empiezan el día siguiente a la publicación (artículo 30 de la Ley 39/2015).
- Aprobado sin plaza
- Quien aprueba los exámenes pero no queda entre los que se llevan las plazas. No da derecho a plaza, aunque muchas convocatorias lo usan para formar la bolsa.
- Bolsa de empleo
- La lista ordenada de personas a las que se llama para cubrir interinidades o sustituciones. Se forma con los aprobados sin plaza o con una convocatoria propia.
- Funcionario interino
- Ocupa una plaza de forma temporal hasta que se cubre por oposición o vuelve su titular. No es de carrera.
- Funcionario en prácticas
- La fase entre aprobar y el nombramiento definitivo en los cuerpos que tienen curso o periodo de prácticas: Policía Nacional, Hacienda, prisiones y muchos más. Si no se supera, no hay plaza.
- Toma de posesión
- El acto con el que se empieza a ser funcionario, con promesa o juramento de acatar la Constitución. Hay que hacerlo en el plazo que fija el nombramiento: si no, se pierde la plaza.
- Recurso de alzada y de reposición
- Contra lo que decide el tribunal cabe recurso de alzada; contra las bases y las resoluciones que ponen fin a la vía administrativa, recurso de reposición. En los dos casos, un mes de plazo (Ley 39/2015).
Las leyes que se citan: el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo. Lo que manda en cada caso son las bases de su convocatoria.