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He aprobado la oposición: documentación, elección de destino, nombramiento y toma de posesión

Revisado el con el texto consolidado del BOE y las resoluciones que se citan

Aprobar todavía no es ser funcionario. Desde la lista de aprobados quedan cinco pasos: los papeles, el destino, el curso o las prácticas si los hay, el nombramiento y la toma de posesión. Dos de ellos tienen un plazo que, si se pasa, deja sin plaza. Aquí está cada paso con lo que dice la norma y con lo que pasó de verdad en los cuerpos del Estado convocados en 2024.

  1. La lista de aprobados Por orden de nota, y no más que plazas
  2. Los papeles 20 días hábiles en el Estado
  3. El destino Se elige por orden de nota
  4. Curso o prácticas Solo si la convocatoria los tiene
  5. El nombramiento Sale en el boletín oficial
  6. La toma de posesión 15 días en el Estado; un mes si te mudas

1. La lista de aprobados

Cuando acaba la última prueba, el tribunal hace pública la lista de aprobados por orden de puntuación y la eleva a quien convoca. En el Estado, esa autoridad la publica en el BOE (artículo 22 del Reglamento General de Ingreso).

En esa lista no puede haber más aprobados que plazas, salvo que la propia convocatoria lo prevea (artículo 61.8 del Estatuto Básico). El Reglamento del Estado solo lo admite cuando después hay un curso selectivo (artículo 22.3). Quien aprueba los exámenes y se queda fuera es un aprobado sin plaza: no tiene derecho a ella, pero muchas convocatorias lo meten en una bolsa de empleo.

Hay una vía de entrada más. Si alguien de la lista renuncia antes de ser nombrado o de tomar posesión, quien convoca puede pedir al tribunal una relación complementaria con los siguientes por orden de nota (artículo 61.8). La convocatoria del Estado de 2025 lo permite una sola vez, y quien entra así tiene también veinte días hábiles para sus papeles (normas 10.4 y 10.5).

2. Los papeles: veinte días hábiles

Con la lista en el BOE empieza el primer plazo: demostrar que cumples los requisitos de la convocatoria. En el Estado son veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación (norma 10.2 de la convocatoria del INAP de 2025), y cada resolución de aprobados lo repite. Un detalle que confunde: el artículo 23.1 del Reglamento habla de veinte días naturales. Cuenta el plazo que diga tu resolución de aprobados. Para saber qué día acaba, tienes la calculadora de días hábiles.

Puede que no tengas que mandar nada. La ley te da derecho a no aportar documentos que ya tiene la Administración, que puede consultarlos salvo que te hayas opuesto (artículo 28.2 de la Ley 39/2015). En el Auxiliar del Estado de 2024, la resolución de aprobados traía un anexo con quién tenía que mandar qué: 51 de las 2.450 personas aprobadas. A 39 de ellas se les pedía la copia del título y a 14, que no tenían la nacionalidad española, la del NIE y una declaración jurada. A las demás no se les pidió nada, porque la Administración ya había comprobado su identidad y su título en sus registros. Las cifras son un recuento nuestro sobre ese anexo.

Así que lo primero es buscarte en el anexo de tu resolución. Te tocará mandar algo si te opusiste a la consulta al hacer la solicitud, o si es un papel que la Administración no tiene: por ejemplo, la declaración de no estar inhabilitado en tu país que se pide a quien no tiene la nacionalidad española.

3. La elección de destino

Los destinos se reparten por orden de nota. Cada persona pide entre los puestos que se ofrecen, y quien tiene más nota elige antes. El destino que te toca es definitivo, igual que si lo hubieras ganado en un concurso de traslados (artículo 26 del Reglamento).

En el Estado, la Secretaría de Estado de Función Pública aprueba una oferta de destinos con sus instrucciones, y la petición se hace solo por internet (norma 10.9 de la convocatoria de 2025). Esas instrucciones no salen en el INAP, sino en la página de la Dirección General de la Función Pública: así lo dice la resolución de aprobados del Auxiliar de 2024.

Si entraste por el cupo de discapacidad, puedes pedir que se altere tu orden de elección por dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras razones parecidas, que hay que acreditar. Si se concede, se cambia el orden solo lo necesario (artículo 9 del Real Decreto 2271/2004).

Cuánto tardó cada paso en los cuerpos del Estado de 2024

Los cuatro cuerpos del INAP se convocaron juntos (BOE del 10 de julio de 2024). Estas son las fechas de sus resoluciones:

CuerpoAprobados en el BOEOferta de destinosNombramiento en el BOEDesde la lista
Administrativo (C1) 19/5/2025 9/9/2025 15/10/2025 5 meses
Informática, TAI (C1) 17/6/2025 13/11/2025 10/12/2025 casi 6 meses
Auxiliar (C2) 31/7/2025 22/12/2025 10/2/2026 6 meses y medio
Gestión, GACE (A2) 18/11/2025 Tras el curso selectivo 17/6/2026 7 meses

En Gestión, la lista es la de la fase de oposición: después vino el curso selectivo. De la convocatoria al nombramiento pasaron entre 15 meses (Administrativo) y 23 (Gestión). Lo que se cobra en cada destino depende de su nivel y su complemento específico: está en la página de cada cuerpo.

4. El curso selectivo o las prácticas

Si la convocatoria tiene curso selectivo o periodo de prácticas, primero te nombran funcionario en prácticas. Quien no supera el curso pierde el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. Quien no puede hacerlo por una causa de fuerza mayor justificada lo hace más tarde, y se coloca en el puesto que le corresponde por su nota (artículo 24 del Reglamento).

Un caso real. En Gestión de la Administración Civil del Estado, el curso del INAP dura unas dos semanas y se califica como apto o no apto (norma 6.5 de la convocatoria de 2025). La promoción de 2024 fue nombrada en prácticas el 3 de febrero de 2026; el 11 de marzo el INAP aprobó la lista de quienes habían superado el curso, y el nombramiento salió en el BOE el 17 de junio. La misma norma avisa de que coincidir con otro curso selectivo no es fuerza mayor: hay que elegir uno.

Si el curso te coincide con un parto, retrasarlo no puede costarte derechos frente a tu promoción. Lo dijo el Tribunal Constitucional en el caso de una aprobada de Gestión Procesal que tuvo que aplazar el curso porque daba a luz al día siguiente de empezar: dejó firme la sentencia que la equiparaba en efectos económicos y administrativos al resto de su promoción (sentencia 66/2014). Este y otros casos, en los derechos del opositor.

5. El nombramiento

Con los papeles comprobados y, si lo hay, el curso superado, llega el nombramiento como funcionario de carrera, que se publica en el diario oficial que corresponda. En el Estado lo firma la Secretaría de Estado de Función Pública, sale en el BOE y trae ya el destino de cada persona (normas 10.10 y 10.11; artículo 25 del Reglamento).

La condición de funcionario de carrera se consigue con cuatro pasos, por este orden: superar el proceso, el nombramiento, el acatamiento de la Constitución y la toma de posesión dentro de plazo (artículo 62.1 del Estatuto Básico). Qué diferencia hay con ser interino o laboral, en funcionario de carrera, interino o laboral.

6. La toma de posesión: quince días o un mes

En el Estado, el plazo es de quince días naturales desde la publicación del nombramiento, o de un mes si el destino supone cambiar de localidad de residencia (artículo 114.12 del Real Decreto-ley 6/2023). Antes regía el mes de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964. Cada resolución de nombramiento lo dice con sus palabras: léelo en la tuya.

Ejemplo: el Auxiliar del Estado de 2024

El nombramiento salió en el BOE del martes 10 de febrero de 2026. Los quince días naturales empezaban el día 11, así que sin cambio de localidad el plazo acababa el 25 de febrero. Con cambio de localidad, el mes acababa el 10 de marzo.

7. Si ya trabajas: compatibilidad y excedencia

En otro puesto público. La regla es que no se pueden tener dos puestos en el sector público, salvo los casos que permite la ley (artículo 1 de la Ley 53/1984). Si el puesto nuevo es incompatible con el que tienes, eliges uno dentro del plazo de toma de posesión. Si no dices nada, se entiende que te quedas con el nuevo y pasas a excedencia voluntaria en el antiguo. Si los dos pueden ser compatibles con autorización, hay que pedirla en los diez primeros días de ese plazo (artículo 10).

Con una actividad privada. Para seguir con un trabajo o una actividad profesional fuera de la Administración siendo funcionario, necesitas antes el reconocimiento de compatibilidad, que se resuelve en dos meses (artículo 14 de la Ley 53/1984).

En una empresa. Con al menos un año de antigüedad, tienes derecho a una excedencia voluntaria de cuatro meses a cinco años. Solo te da preferencia para volver a una vacante de tu categoría, no a tu puesto (artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores).

8. En un ayuntamiento o en una comunidad

Las reglas del Estado no se trasladan tal cual. En los ayuntamientos, el presidente de la corporación resuelve el proceso y nombra a quienes proponga el tribunal. Esa propuesta le vincula, y nunca puede haber más aprobados que plazas (artículo 7 del Real Decreto 896/1991).

El plazo para los papeles y el de la toma de posesión los fijan las bases o el decreto de nombramiento. El Reglamento del Estado solo se aplica a otras Administraciones de forma supletoria (artículo 1.3), y los quince días del Real Decreto-ley 6/2023 son solo para la Administración del Estado (artículo 105.5). Las comunidades autónomas tienen sus propias leyes de función pública. Si la convocatoria es de una sola plaza, no hay destino que elegir.

El resto del proceso, desde la solicitud, está en oposiciones paso a paso. Lo que cobrarás, en la calculadora del sueldo.

Fuentes

Normas

Documentos oficiales citados

Es información general, no asesoramiento para un caso concreto. Lo que vale en cada proceso son sus bases y la norma vigente; si algo de aquí no coincide con ellas, mandan ellas.